Si necesita un despacho de abogados experto en incapacidades en Alcalá de Henares o en Madrid no dude en asesorarse en Villapun&Mata Abogados para conocer si le corresponde una incapacidad permanente.
Si padece una enfermedad que afecta al desempeño de su trabajo y habiendo pasado por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI o Tribunal Médico) le han denegado la incapacidad o ha sido inferior a la que le corresponde debe informarse.
Nuestros abogados laboralistas y expertos en incapacidades, analizaran si tiene derecho a reclamar una prestación por incapacidad permanente.
Cuestiones sobre incapacidades
¿Cuáles son los trámites para el reconocimiento de una incapacidad laboral? ¿Si he sufrido un accidente fuera del trabajo tengo derecho a una incapacidad permanente? ¿Se percibe la misma cuantía en una incapacidad permanente total o absoluta? ¿Qué período previo de cotización debo tener cubierto en los distintos tipos de incapacidad? ¿Pueden reconocerme una incapacidad permanente si me han diagnosticado de hernia discal?¿Es compatible la percepción de una prestación por incapacidad permanente total con el desempeño de otro trabajo?

Enfermedades incapacitantes
Distintos tipos de enfermedades que pueden dar lugar a una incapacidad permanente, dependiendo del grado y alcance de las mismas, entre otras: fibromialgia, síndrome de fatiga crónica, narcolepsia, esclerosis lateral amiotrófica, hernia discal, depresión crónica, síndrome de meniere, artrodesis lumbar, fibrosis pulmonar, enfermedad de raynaud, etc..
Nuestros abogados, en unión de nuestros peritos médicos, analizarán toda la información médica, contrastándola con la Jurisprudencia recaída en casos similares. Si quieres ver algunas sentencias tramitadas por nuestro despacho ⇒
También reclamamos a las aseguradoras las indemnizaciones a que tenga derecho, si están pactadas en convenio o colectivo o bien en virtud de pólizas voluntarias de seguro.
Tipos de incapacidad
Una incapacidad laboral es una situación en la que un trabajador ya no es capaz de desempeñar las funciones correspondientes a su cargo o puesto de trabajo, que puede derivar de accidente de trabajo y/o enfermedad profesional , o bien de enfermedad común.
La incapacidad laboral no está relacionada con la gravedad de la enfermedad o dolencia, sino con la capacidad de cumplir el puesto de trabajo.
Conforme al alcance de la situación que impida cumplir con las funciones de un determinado puesto de trabajo, la incapacidad laboral puede clasificarse en dos tipos: la incapacidad temporal y la incapacidad permanente.
Incapacidad temporal o transitoria
También conocida como baja médica, es aquella situación en la que el trabajador se encuentra imposibilitado para el desempeño de su trabajo de forma temporal a causa de un accidente o enfermedad.
Tiene una duración máxime de 12 meses, prorrogables por 6 meses más. Una vez cumplido dicho tiempo, el INSS valora si la incapacidad debe ser permanente o por el contrario, debe procederse a dar el alta médica.
Si la incapacidad temporal se produce por enfermedad profesional, el período de duración sería de 6 meses, prorrogable por 6 meses más.
Incapacidad permanente
Concurre cuando el trabajador presenta incapacidades anatómicas o funcionales, por enfermedad o accidente que reducen o anulan su capacidad laboral. Conlleva el reconocimiento de una prestación económica tendente a cubrir la pérdida de ingresos sufridos por la enfermedad o accidente padecido.
Son beneficiarios de esta prestación las personas incluidas en cualquier régimen de la seguridad social que reúna los requisitos exigidos para cada grado de incapacidad.

Grados de incapacidad permanente
Según el grado de afectación a la capacidad del trabajador, pueden concurrir distintos tipos de incapacidad permanente.
- Incapacidad permanente parcial. Es aquella enfermedad o accidente que ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para dicha profesión.
- Incapacidad permanente total. Es aquella que inhabilita al trabajador para su profesión habitual pero no impide que el trabajador pueda dedicarse a otra profesión.
- Incapacidad permanente absoluta. Este grado de incapacidad impide al trabajador desempeñar cualquier profesión u oficio.
- Gran invalidez. Cuando el trabajador incapacitado permanente necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida.
En cualquiera de estos supuestos, es muy conveniente asesorarse con nuestros abogados especialistas en tramitación de incapacidades, si concurren los presupuestos y requisitos para el reconocimiento de una incapacidad.
Pautas a seguir para tramitar una incapacidad
Según el grado de afectación a la capacidad del trabajador, pueden concurrir distintos tipos de incapacidad permanente.
- Pedir cita en nuestro despacho de abogados experto en incapacidades en Alcalá de Henares o en Madrid.
- Acudir con toda la documentación médica de que disponga para que la examine el Abogado y el Perito médico.
- Traer toda la documentación que usted haya recibido de la Seguridad Social y/o Mutua, así como el Informe de Vida Laboral actualizada cuya petición puede realizar en este enlace de la sede electrónica de la seguridad social
En nuestro despacho de abogados especialista en incapacidades en Alcalá de Henares y en nuestro despacho de Madrid, Villapun&Mata Abogados responderemos a sus dudas y preguntas y tramitamos el proceso completo desde la reclamación previa hasta el final del proceso en los Tribunales, contando además con peritos médicos especialistas en valoración del daño corporal y medicina del trabajo que cubren la asistencia a Juicio.
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